
Ley Tarifaria 6806 -Impuesto de Sellos CABA 2025
Análisis comparativo de la Nueva Ley Tarifaria 6806
Modificaciones. B.O. CABA – Vigencia 1/01/2025
Conceptos gravados | Año 2024 | Año 2025 | |
Actos, contratos e instrumentos gravados con el Impuesto de Sellos, con excepción de las alícuotas especiales que se establecen a continuación: |
1%
|
1% |
|
Toda transmisión de dominio a título oneroso de bienes inmuebles, incluida la transmisión de la nuda propiedad y los instrumentos por los cuales se otorgue la posesión de inmuebles. |
3,5% |
3,5% |
|
Contratos de compraventa de inmuebles o cualquier otro acto por el cual se transfiera el dominio de inmuebles situados dentro y fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | 3,5% | 3,5% | |
Contratos de compraventa de terrenos, con mejoras efectuadas posteriores al boleto. | 3,5% | 3,5% | |
Contratos de leasing. La base imponible estará constituida por el valor del canon establecido en función del tiempo del contrato. | 0,5 % | 0,5% | |
Contratos locación y sublocación, cesión de uso, leasing o cualquier otro contrato por el cual una de las partes se obliga a pagar una suma de dinero a la otra a cambio de que ésta le proporcione el uso, disfrute o explotación de inmuebles ubicados en una jurisdicción o en varias jurisdicciones, así como los que instrumentan la locación de servicios y obras públicas o privadas. | 0,5% | 0,5% | |
Exención vivienda única, familiar y de ocupación permanente y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes, siempre que la valuación fiscal, el valor de la operación o el valor inmobiliario de referencia, el que resulte mayor, no supere el monto de: |
|
$205.332.000 | |